Bases

¿Cómo participar?

1.- Objeto:

El objeto de estas bases es regular el procedimiento de los PREMIOS FVMP AL BUEN GOBIERNO 2022 con el fin de reconocer los mejores proyectos y actuaciones en materia de gestión pública.

2.- Destinatarios:

– Entidades locales menores de la Comunitat Valenciana
– Municipios de la Comunitat Valenciana
– Consorcios integrados únicamente por entidades locales.
– Mancomunidades de municipios de la Comunitat Valenciana

3.- Proyectos elegibles:

– Cada entidad podrá presentar hasta un máximo de 3 proyectos o actuaciones.
– Únicamente se tendrán en cuenta los proyectos y las actuaciones realizadas por la Administración candidata en el último año.
– Los proyectos premiados en una edición, no podrán volver a presentarse al año siguiente.
– Los proyectos presentados, y no premiados en ediciones anteriores, podrán optar de nuevo.
– Si se tratara de proyectos plurianuales, la documentación que deberá presentarse será la del año 2022.
– Cada entidad no podrá estar premiada con más de un proyecto. En caso de obtener la máxima puntuación en más de una categoría, recibirá el galardón de la categoría con mayor puntuación.

4.- Concesión de premios:

Se otorgará un máximo de 9 premios, distribuidos en las siguientes categorías:

Desarrollo local, empleo, comercio y turismo.
Sostenibilidad territorial.
Fomento de la salud pública.
Políticas de igualdad e integración.
Transparencia y fomento de la participación.
Cultura y/o normalización lingüística.
Desarrollo rural y/o agricultura.
Gestión de proyectos europeos.
Divulgación y protección de derechos y libertades.

5.- Contenido de los premios:

– Los PREMIOS AL BUEN GOBIERNO no tienen contenido económico.
– Los premiados recibirán un galardón como premio, que consistirá en una obra realizada por por el artista valenciano, Jordi Albinyana, que simboliza una alegoría representando unas manos que envuelven un municipio, protegiéndolo y cuidándolo.

6.- Solicitud y documentación

La solicitud de participación en los PREMIOS FVMP AL BUEN GOBIERNO se presentará mediante la sede electrónica.

Documentación a presentar:

a. Ficha de solicitud en la que se harán constar los datos identificativos de la entidad que presenta la candidatura, así como el nombre el proyecto que se presenta. (Descárgala aquí)
b. Una memoria sintética y descriptiva del proyecto o actuación de no más de 20 páginas. Esta memoria, constará de una descripción detallada de los elementos más destacables de la actuación presentada y, especialmente, de los beneficios que supone para la ciudadanía.
c. Los informes de evaluación que especifican los principales objetivos, indicadores y resultados alcanzados.
d. Certificado del interventor/a municipal con los principales datos presupuestarias de la actuación candidata. En caso de subvenciones externas (Generalitat Valenciana, Diputaciones, Fondos Europeos o fondos privados) aportará el certificado correspondiente por parte del departamento de intervención municipal.
e. Declaración responsable donde conste autoría del proyecto por parte de la entidad y de su realización. (Descarga el modelo aquí.)

Si la actuación candidata no reúne los requisitos establecidos, o no se adjuntan los documentos, el plazo para poder subsanar será de 5 días.

La presentación de los trabajos conlleva necesariamente la aceptación de las bases reguladoras y de las condiciones que se establecen en cada convocatoria.

7.- Plazos:

Con fecha 1 de noviembre de 2022 comenzará el plazo de entrega de documentación para poder participar. La convocatoria será enviada a todos los municipios de la Comunidad Valenciana.

– El periodo para poder presentarse finalizará el 13 de enero de 2023 a las 14 h.

– El plazo para enmendar posibles carencias o errores de documentación será entre el 16 de enero y el 20 de enero a las 14 h.

– El plazo para evaluar los proyectos será del 21 de enero al 03 de febrero. A partir de esta fecha el jurado se reunirá para decidir, a propuesta de la comisión evaluadora, los proyectos premiados.

– A partir del día 13 y hasta el 16 de febrero la FVMP emitirá notificación a los ayuntamientos premiados.

8.- Evaluación de las candidaturas:

– Para la evaluación de las candidaturas se constituirá una comisión, que estará formada por el personal técnico que desarrolla las tareas de secretaría a técnica de las comisiones de trabajo de la FVMP y por las presidencias de estas comisiones.
– La comisión evaluadora se dividirá en dos subgrupos. La secretaría de las comisiones de trabajo de la FVMP evaluarán y informarán de la parte técnica y la presidencia de las comisiones de otros criterios sociales y formativos.

  • Desarrollo local, empleo y comercio y turismo.
    SECRETARÍA TÉCNICA Y PRESIDENCIA DE COMISIÓN FVMP EVALUADORES: ÁREA 09 i ÁREA 06
  • Sostenibilidad territorial.
    SECRETARÍA TÉCNICA Y PRESIDENCIA DE COMISIÓN FVMP EVALUADORES: ÁREA 10
  • Fomento de la salud pública.
    SECRETARÍA TÉCNICA Y PRESIDENCIA DE COMISIÓN FVMP EVALUADORES: ÁREA 04
  • Políticas de igualdad e integración.
    SECRETARÍA TÉCNICA Y PRESIDENCIA DE COMISIÓN FVMP EVALUADORES: ÁREA 03
  • Transparencia y fomento de la participación.
    SECRETARÍA TÉCNICA Y PRESIDENCIA DE COMISIÓN FVMP EVALUADORES: ÁREA 05
  • Cultura y/o normalización lingüística.
    SECRETARÍA TÉCNICA Y PRESIDENCIA DE COMISIÓN FVMP EVALUADORES: ÁREA 02
  • Desarrollo rural y /o agricultura.
    SECRETARÍA TÉCNICA Y PRESIDENCIA DE COMISIÓN FVMP EVALUADORES: ÁREA 07 i ÁREA 11
  • Gestión de proyectos y fondos europeos.
    SECRETARÍA TÉCNICA Y PRESIDENCIA DE COMISIÓN FVMP EVALUADORES: ÁREA 01
  • Divulgación y protección de derechos y libertades.
    SECRETARÍA TÉCNICA Y PRESIDENCIA DE COMISIÓN FVMP EVALUADORES: ÁREA 05

– Esta comisión se debe constituir con un mínimo de 7 personas.

La comisión evaluadora debe elaborar el informe de evaluación de todos los proyectos, concretando el resultado conforme a los criterios de valoración del punto 9 que elevará al jurado.

9.- Criterios de evaluación:

Criterios técnicos.

Hasta un máximo de 5 puntos.

1) Criterio poblacional:

Se define un criterio poblacional con el fin de premiar e incentivar a los pequeños municipios:
– Los municipios de hasta 5.000 habitantes tendrán 2 puntos.
– Los municipios de 5.001 a 10.000 tendrán 1’5 puntos.
– Los municipios de 10.001 a 20000 tendrán 1 punto.
– Los municipios de más de 20.001 habitantes tendrán 0’5 puntos.

2) Criterio económico:

– El nivel de inversión y de recursos públicos empleados por cada entidad local en el proyecto o actuación presentada podrá llegar a ser puntuado hasta 2 puntos.
– La utilización de mecanismos de financiación externa, públicos o privados, se valorarán en 1 punto.

Otros criterios evaluables.

Hasta un máximo de 5 puntos.

Se tendrán en cuenta en la evaluación del proyecto:
– La mejora de la calidad de vida del vecindario y la repercusión social en su ámbito de actuación: municipios, mancomunidades.
– La vigencia en el tiempo.
– La innovación en la gestión pública y la buena práctica municipal implantada.
– La posibilidad de transferencia del proyecto o actuación a otros municipios o mancomunidades.
– La singularidad del proyecto o actuación presentada.
– La mejora formativa del personal de la Administración local.

10.- Composición del jurado:

Las cinco personas representantes de los grupos políticos en la Junta de Portavoces, el secretario y la vicesecretaria de la FVMP.

Actuará de secretaría la jefa de los Servicios Técnicos de la FVMP.

11.- Resolución y publicación:

– El jurado reunido, decidirá los proyectos premiados tras estudiar los informes emitidos por la comisión evaluadora.
– La comisión evaluadora, previamente, habrá elevado una terna de propuestas para cada uno de los premios.
– La resolución emitida por el jurado se notificará a los ayuntamientos ganadores en el periodo antes mencionado y será publicada en la web de la FVMP.

12.- Uso de los proyectos:

La Federación Valenciana de Municipios y Provincias se reserva la posibilidad de hacer un uso institucional de los proyectos ganadores como ejemplos de las buenas prácticas de los ayuntamientos valencianos y colgar estos en la web de los Premios FVMP Buen Gobierno. El hecho de presentar la candidatura a los Premios FVMP Buen Gobierno supone la aceptación de la publicación en el web de los Premios del proyecto en caso de ser el ganador.

13.- Tratamiento de datos de carácter personal:

De acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), los datos de carácter personal de los solicitantes serán tratados con la finalidad de gestionar y tramitar esta convocatoria, de acuerdo con los principios de seguridad y confidencialidad que la normativa sobre protección de datos establece.